enlace interoperable
as defined in Reglamento (UE) no 909/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de…, Article 2(1), point (33) (Definiciones)
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33) |
«enlace interoperable» : un enlace entre DCV en virtud del cual los DCV acuerdan establecer soluciones técnicas mutuas para la liquidación en los sistemas de liquidación de valores que los DCV gestionan; |