poderes adjudicadores
as defined in Directiva 2004/17/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de…, Article 2(1), point (a)
Se considerará organismo de Derecho público cualquier organismo:
- creado específicamente para satisfacer necesidades de interés general que no tengan carácter industrial o mercantil,
- dotado de personalidad jurídica propia; y
- cuya actividad esté financiada mayoritariamente por el Estado, las entidades territoriales u otros organismos de Derecho público, o cuya gestión esté sujeta a un control por parte de estos últimos, o que cuenten con un órgano de administración, de dirección o de vigilancia más de la mitad de cuyos miembros sean nombrados por el Estado, las entidades territoriales u otros organismos de Derecho público;
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Also defined in
- Reglamento (UE) 2025/327 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2025, relativo al Espacio Europeo de… 32025R0327, Article 2(1), point (g)
g) la definición de «poderes adjudicadores» establecida en el artículo 2, apartado 1, punto 1, de la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo; - Reglamento (UE) 2024/1781 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de junio de 2024, por el que se instaura un marco… 32024R1781, Article 2
Se aplicará la definición de «poderes adjudicadores» que figura en el artículo 2, punto 1, de la Directiva 2014/24/UE y de «entidades adjudicadoras» que figura en el artículo 4, punto 1, de la Directiva 2014/25/UE. Los «contratos públicos» son los contratos cubiertos por la Directiva 2014/24/UE y… - Directiva (UE) 2023/1791 del Parlamento Europeo y del Consejo de 13 de septiembre de 2023 relativa a la eficiencia… 32023L1791, Article 2, point (14)
los poderes adjudicadores tal como se definen en el artículo 6, punto 1, de la Directiva 2014/23/UE, en el artículo 2, apartado 1, punto 1, de la Directiva 2014/24/UE y en el artículo 3, apartado 1, de la Directiva 2014/25/UE; - Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014 , sobre contratación pública y por… 32014L0024, Article 2(1), point (1)
el Estado, las autoridades regionales o locales, los organismos de Derecho público o las asociaciones formadas por uno o varios de dichos poderes o uno o varios de dichos organismos de Derecho público. - Directiva 2009/33/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009 , relativa a la promoción de… 32009L0033, Article 4, point (1)
1) «poderes adjudicadores»: los poderes adjudicadores tal y como vienen definidos en el artículo 2, apartado 1, letra a), de la Directiva 2004/17/CE y en el artículo 1, apartado 9, de la Directiva 2004/18/CE;