auditor de un tercer país
as defined in Directiva 2006/43/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de mayo de…, Article 2, point (5) (Definiciones)
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«auditor de un tercer país»: la persona física que realiza auditorías de las cuentas anuales o consolidadas de una empresa constituida en un tercer país; |