bienes de ocasión
as defined in Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006 , relativa al…, Article 311(1), point (1)
|
1) |
«bienes de ocasión», los bienes muebles corporales que sean susceptibles de nueva utilización, directamente o previa reparación, y que no sean objetos de arte, de colección o antigüedades, ni metales preciosos o piedras preciosas con arreglo a la definición de los Estados miembros; |