capitales
as defined in Reglamento (CE) n o 765/2006 del Consejo, de 18 de mayo de 2006 , relativo a…, Article 1, point (1)
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1)
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«Capitales»: los activos o beneficios financieros de cualquier naturaleza incluidos en la siguiente relación no exhaustiva:
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a)
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efectivo, cheques, derechos dinerarios, efectos, giros y otros instrumentos de pago;
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b)
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depósitos en instituciones financieras o de otro tipo, saldos en cuentas, créditos y títulos de crédito;
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c)
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valores negociables e instrumentos de deuda públicos y privados, tales como acciones y participaciones, certificados de valores, bonos, pagarés, warrants, obligaciones y contratos sobre derivados;
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d)
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intereses, dividendos u otras rentas o plusvalías devengadas o generadas por activos;
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e)
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créditos, derechos de compensación, garantías, garantías de buen fin u otros compromisos financieros;
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f)
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cartas de crédito, conocimientos de embarque y comprobantes de venta;
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g)
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documentos que certifiquen la posesión de participaciones en capitales o recursos financieros.
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