tipo deudor fijo
as defined in Directiva 2008/48/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril…, Article 3, point (k) (Definiciones)
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k) |
«tipo deudor fijo»: el prestamista y el consumidor acuerdan en el contrato de crédito un tipo deudor para la duración total del contrato de crédito o varios tipos deudores para períodos parciales utilizando exclusivamente un porcentaje fijo específico. Si en el contrato de crédito no se establecen todos los tipos deudores fijos, el tipo deudor se considerará establecido solo para los períodos parciales para los que los tipos deudores se establezcan exclusivamente mediante un porcentaje fijo específico acordado al celebrarse el contrato de crédito; |