ice
as defined in Directiva 2008/114/CE del Consejo, de 8 de diciembre de 2008 , sobre la…, Article 2, point (b) (Definiciones)
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b) |
«infraestructura crítica europea» o «ICE», la infraestructura crítica situada en los Estados miembros cuya perturbación o destrucción afectaría gravemente al menos a dos Estados miembros. La magnitud de la incidencia se valorará en función de criterios horizontales, como los efectos de las dependencias intersectoriales en otros tipos de infraestructuras; |