supervisión permanente
as defined in Reglamento (CE) n° 216/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de…, Article 3, point (a) (Definiciones)
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a) |
«supervisión permanente»: las funciones que habrá que llevar a cabo para verificar que las condiciones bajo las que se ha expedido un certificado siguen cumpliéndose durante su plazo de validez, así como la toma de cualquier medida de salvaguardia; |