visado
as defined in Reglamento (CE) n o 767/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de…, Article 4, point (1) (Definiciones)
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1)
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«visado»:
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a)
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«visado para estancia de corta duración», el definido en el artículo 11, apartado 1, letra a), del Convenio de Schengen;
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b)
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«visado de tránsito», el definido en el artículo 11, apartado 1, letra b), del Convenio de Schengen;
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c)
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«visado de tránsito aeroportuario», el definido en el punto 2.1.1 de la parte I de la Instrucción Consular Común;
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d)
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«visado de validez territorial limitada», el definido en el artículo 11, apartado 2, y en los artículos 14 y 16 del Convenio de Schengen;
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e)
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«visado nacional por estancia de larga duración con valor concomitante de visado para estancia de corta duración», el definido en el artículo 18 del Convenio de Schengen;
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