grandes riesgos
as defined in Directiva 2009/138/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre…, Article 13, point (27) (Definiciones)
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27) |
«grandes riesgos»:
Si el tomador del seguro forma parte de un grupo de empresas para el que se elaboran cuentas consolidadas con arreglo a lo dispuesto en la Directiva 83/349/CEE, los criterios establecidos en el párrafo primero, letra c), se aplicarán sobre la base de las cuentas consolidadas. Los Estados miembros podrán añadir a la categoría mencionada en el párrafo primero, letra c), los riesgos asegurados por asociaciones profesionales, empresas en participación o agrupaciones temporales; |
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Also defined in
- Directiva (UE) 2016/97 del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de enero de 2016 sobre la distribución de seguros… 32016L0097, Article 2(1), point (16)
16) «grandes riesgos»: los grandes riesgos definidos en el artículo 13, punto 27, de la Directiva 2009/138/CE; - Directiva 2002/92/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de diciembre de 2002, sobre la mediación en los seguros 32002L0092, Article 2, point (8)
8) grandes riesgos: los grandes riesgos definidos en la letra d) del artículo 5 de la Directiva 73/239/CEE;