obras europeas
as defined in Directiva 2010/13/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de marzo de…, Article 1(1), point (n)
n) «obras europeas»:
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i) |
las obras originarias de los Estados miembros, |
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ii) |
las obras originarias de terceros Estados europeos que sean parte del Convenio europeo sobre la televisión transfronteriza del Consejo de Europa y que cumplan las condiciones del apartado 3, |
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iii) |
las obras coproducidas en el marco de acuerdos relativos al sector audiovisual concertados entre la Unión y terceros países que satisfagan las condiciones fijadas en los mismos. |