Eureka 32011L0061 Sign in

establecido

as defined in Directiva 2011/61/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de…, Article 4(1), point (j) (Definiciones)

j)   «establecido»:

i)   en el caso de los GFIA: «que tenga su domicilio social en»,

ii)   en el caso de los FIA: «autorizado o registrado en» o, en caso de que no esté autorizado o registrado, «que tenga su domicilio social en»,

iii)   en el caso de los depositarios: «que tenga su domicilio social o sucursal en»,

iv)   en el caso de los representantes legales que sean personas jurídicas: «que tenga su domicilio social o sucursal en»,

v)   y en el caso de los representantes legales que sean personas físicas: «que tenga su domicilio social en»;

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