fia de la ue
as defined in Directiva 2011/61/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de…, Article 4(1), point (k) (Definiciones)
k) «FIA de la UE»:
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i) |
todo FIA que haya sido autorizado o registrado en un Estado miembro con arreglo a la normativa nacional aplicable, o |
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ii) |
todo FIA que no haya sido autorizado o registrado en un Estado miembro, pero tenga su domicilio social y/o su oficina principal en un Estado miembro de la Unión Europea; |