Eureka 32012L0034 Sign in

beneficio razonable

as defined in Directiva 2012/34/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre…, Article 3, point (17) (Definiciones)

17)

«beneficio razonable»: un índice de remuneración del capital propio que tenga en cuenta el riesgo, incluido el riesgo que afecta a los ingresos, o la inexistencia del mismo, soportado por el explotador de la instalación de servicio y que esté en consonancia con el índice medio registrado en el sector durante los últimos años;

Open in the act with Eureka

Install the extension for EUR-Lex