importador privado
as defined in Directiva 2013/53/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de noviembre…, Article 3, point (17) (Definiciones)
17) «importador privado»: toda persona física o jurídica que, en el curso de una actividad no comercial, importe en la Unión un producto de un tercer país con intención de ponerlo en servicio para su propio uso;