fondo de capital riesgo admisible
as defined in Reglamento (UE) n ° 345/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de…, Article 3, point (b)
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i) |
se proponga invertir como mínimo el 70 % del total agregado de sus aportaciones de capital y del capital comprometido no exigido en activos que sean inversiones admisibles, calculadas sobre la base de los importes que puedan invertirse tras deducir todos los costes pertinentes y las tenencias de efectivo y otros medios líquidos equivalentes, en un plazo establecido en sus reglamentos o los documentos constitutivos, |
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ii) |
nunca utilice más del 30 % del total agregado de sus aportaciones de capital y del capital comprometido no exigido para la adquisición de activos distintos de las inversiones admisibles, calculados sobre la base de los importes que puedan invertirse tras deducir todos los costes relevantes y las tenencias de efectivo y otros medios líquidos equivalentes, |
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iii) |
esté establecido en el territorio de un Estado miembro; |