fondos propios básicos
as defined in CRR, Article 4(1), point (101) (Definiciones)
fondos propios básicos según lo definido en el artículo 88 de la Directiva 2009/138/CE.
as defined in CRR, Article 4(1), point (101) (Definiciones)
fondos propios básicos según lo definido en el artículo 88 de la Directiva 2009/138/CE.