tramo de primera pérdida
as defined in CRR, Article 242, point (15) (Definiciones)
el tramo más subordinado de una titulización que es el primer tramo en soportar las pérdidas en las que se incurra en relación con las exposiciones titulizadas y, por tanto, ofrece protección al tramo de segunda pérdida y, en su caso, a los tramos de mayor prelación.