derecho especial
as defined in Directiva 2014/23/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de…, Article 5, point (11) (Definiciones)
11) «derecho especial»: un derecho concedido por las autoridades competentes de un Estado miembro en virtud de cualquier disposición legislativa, reglamentaria o administrativa publicada que sea compatible con los Tratados, que tenga como efecto limitar el ejercicio de una actividad a una serie de operadores económicos y que afecte sustancialmente a la capacidad de los demás operadores económicos de ejercer una actividad;