emisor soberano
as defined in Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de…, Article 4(1), point (60) (Definiciones)
60) «emisor soberano»: cualquiera de los siguientes emisores de instrumentos de deuda:
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i) |
la Unión, |
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ii) |
un Estado miembro, incluidas sus unidades administrativas, agencias o entidades con fines especiales, |
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iii) |
en el caso de los Estados miembros que son Estados federales, uno de los miembros que componen la federación, |
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iv) |
una entidad con fines especiales para varios Estados miembros, |
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v) |
una entidad financiera internacional instituida por dos o más Estados miembros con objeto de movilizar fondos y prestar asistencia financiera en beneficio de aquellos de sus miembros que estén sufriendo graves problemas de financiación o que corran el riesgo de padecerlos, o |
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vi) |
el Banco Europeo de Inversiones; |