sucursal: establecimiento
as defined in Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de…, Article 4(1), point (30) (Definiciones)
30) «sucursal: establecimiento»: distinto de su administración central, que constituya una parte sin personalidad jurídica de una empresa de servicios de inversión y que preste servicios o actividades de inversión y pueda realizar asimismo servicios auxiliares para cuyo ejercicio la empresa de servicios de inversión haya recibido la oportuna autorización; todos los centros de actividad establecidos en el mismo Estado miembro por una misma empresa de servicios de inversión que tenga su administración central en otro Estado miembro se considerarán una única sucursal;