práctica de mercado aceptada
as defined in Reglamento (UE) n ° 596/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de…, Article 3(1), point (9) (Definiciones)
9) «práctica de mercado aceptada»: una práctica de mercado específica aceptada por la autoridad competente de conformidad con el artículo 13;