enlace interoperable
as defined in Reglamento (UE) n ° 909/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de…, Article 2(1), point (33) (Definiciones)
33) «enlace interoperable»: un enlace entre DCV en virtud del cual los DCV acuerdan establecer soluciones técnicas mutuas para la liquidación en los sistemas de liquidación de valores que los DCV gestionan;