Eureka 32015L2366 Iniciar sesión

ordenante

as defined in Directiva (UE) 2015/2366 del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de…, Article 4, point (8) (Definiciones)

8.

«ordenante»: la persona física o jurídica titular de una cuenta de pago que autoriza una orden de pago a partir de dicha cuenta, o, en caso de que no exista una cuenta de pago, la persona física o jurídica que dicta una orden de pago;

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