red pública de comunicaciones electrónicas
as defined in Directiva (UE) 2018/1972 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de…, Article 2, point (8) (Definiciones)
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8) |
«red pública de comunicaciones electrónicas»: una red de comunicaciones electrónicas que se utiliza, en su totalidad o principalmente, para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas disponibles para el público y que soporta la transferencia de información entre puntos de terminación de la red; |
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Also defined in
- NIS2 32022L2555, Article 6, point (36)
una red pública de comunicaciones electrónicas tal como se define en el artículo 2, punto 8, de la Directiva (UE) 2018/1972;