esfuerzos tempranos
as defined in Reglamento (UE) 2018/1999 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de…, Article 2, point (20) (Definiciones)
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20)
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«esfuerzos tempranos»:
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a)
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en el contexto de la evaluación de un posible desfase entre el objetivo de la Unión en materia de energía procedente de fuentes renovables para 2030 y las contribuciones colectivas de los Estados miembros, la consecución por parte de un Estado miembro de una cuota de energía procedente de fuentes renovables superior a su objetivo nacional vinculante para 2020, tal como se indica en el anexo I de la Directiva (UE) 2018/2001, o los avances tempranos de un Estado miembro hacia su objetivo nacional vinculante para 2020;
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b)
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en el contexto de las recomendaciones de la Comisión basadas en la evaluación conforme al artículo 29, apartado 1, letra b), relativas a la energía procedente de fuentes renovables, la ejecución temprana por parte de un Estado miembro de su contribución al objetivo vinculante de la Unión de al menos un 32 % de energías renovables en 2030, medido con respecto a sus puntos de referencia nacionales para las energías renovables;
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