sistema de videoconferencia todo en uno
as defined in Reglamento (UE) 2019/2021 de la Comisión, de 1 de octubre de 2019, por el que…, Article 2, point (11) (Definiciones)
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11)
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«Sistema de videoconferencia “todo en uno”»: sistema específico diseñado para videoconferencias y actividades de colaboración por vídeo, integrado en una única carcasa, cuyas especificaciones incluyen todas las características siguientes:
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a)
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soporte del protocolo específico de videoconferencia H.323 de la UIT-T o del protocolo SIP del IETF suministrado por el fabricante;
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b)
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cámara o cámaras, pantallas y capacidad de procesamiento de vídeo bidireccional en tiempo real, incluida la resiliencia a la pérdida de paquetes;
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c)
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altavoces y capacidad de procesamiento de audio bidireccional de manos libres en tiempo real, incluida la supresión del eco;
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d)
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una función de cifrado;
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