Eureka 32024L2853 Sign in

modificación sustancial

as defined in Directiva (UE) 2024/2853 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre…, Article 4, point (18) (Definiciones)

18)

«modificación sustancial»: toda modificación de un producto después de su introducción en el mercado o su puesta en servicio:

a)

que se considera sustancial con arreglo a las normas nacionales o de la Unión aplicables en materia de seguridad de los productos, o

b)

cuando las normas nacionales o de la Unión en materia de seguridad de los productos no establezcan ningún umbral sobre lo que debe considerarse una modificación sustancial, que:

i)

cambie el rendimiento, la finalidad o el tipo originales del producto, sin que dicho cambio se haya previsto en la evaluación inicial de riesgos del fabricante, y

ii)

cambie la naturaleza del peligro, genere un nuevo peligro o aumente el nivel de riesgo.

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