interoperabilidad transfronteriza
as defined in Reglamento (UE) 2024/903 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de marzo…, Article 2, point (1) (Definiciones)
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«interoperabilidad transfronteriza», la capacidad de las entidades de la Unión y de los organismos del sector público de los Estados miembros para interactuar entre sí a través de las fronteras mediante el intercambio de datos, información y conocimientos mediante procesos digitales acordes con los requisitos jurídicos, organizativos, semánticos y técnicos relacionados con dicha interacción transfronteriza; |