tradicional
as defined in Reglamento (UE) 2024/1143 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril…, Article 2(3), point (3) (Definiciones)
3. A efectos del capítulo 2 del título III, se entenderá por «tradicional» y «tradición» un uso histórico demostrado del nombre por parte de los productores en una comunidad durante un período de tiempo que permita la transmisión entre generaciones. Ese período debe ser de al menos treinta años y el uso mencionado podrá incluir las modificaciones que sean necesarias por cambios en materia de higiene, seguridad y otras prácticas pertinentes.