ordenante
as defined in Propuesta de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO relativo a los…, Article 3, point (11)
11)«ordenante»: la persona física o jurídica titular de una cuenta de pago que autorice una orden de pago a partir de dicha cuenta, o, en caso de que no exista una cuenta de pago, la persona que curse una orden de pago;
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Also defined in
- Reglamento (UE) 2023/1113 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de mayo de 2023, relativo a la información que… 32023R1113, Article 3, point (3)
3) «ordenante»: la persona titular de una cuenta de pago que autoriza una transferencia de fondos a partir de dicha cuenta o, en caso de que no exista una cuenta de pago, que da una orden de transferencia de fondos; - Reglamento (UE) 2015/847 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de mayo de 2015, relativo a la información que… 32015R0847, Article 3, point (3)
3) «ordenante»: la persona titular de una cuenta de pago que autoriza una transferencia de fondos a partir de dicha cuenta o, en caso de que no exista una cuenta de pago, que da una orden de transferencia de fondos; - Directiva (UE) 2015/2366 del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de noviembre de 2015 sobre servicios de pago en el… 32015L2366, Article 4, point (8)
8. «ordenante»: la persona física o jurídica titular de una cuenta de pago que autoriza una orden de pago a partir de dicha cuenta, o, en caso de que no exista una cuenta de pago, la persona física o jurídica que dicta una orden de pago; - Directiva 2007/64/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de noviembre de 2007 , sobre servicios de pago en el… 32007L0064, Article 4, point (7)
7) «ordenante»: una persona física o jurídica titular de una cuenta de pago que autoriza una orden de pago a partir de dicha cuenta o, en caso de que no exista una cuenta de pago, la persona física o jurídica que da una orden de pago; - Reglamento (CE) n o 1781/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de noviembre de 2006 , relativo a la… 32006R1781, Article 2, point (3)
3) «ordenante»: una persona física o jurídica, titular de una cuenta, que autoriza una transferencia de fondos desde la cuenta o, en caso de no existir una cuenta, una persona física o jurídica que ordena una transferencia de fondos; - Reglamento (UE) no 904/2010 del Consejo, de 7 de octubre de 2010, relativo a la cooperación administrativa y la lucha… 02010R0904-20250101, Article 2(1), point (u)
u) «ordenante» : un «ordenante» según se define en el artículo 4, punto 8, de la Directiva (UE) 2015/2366;